Canal de denuncias
Política del Canal de Denuncias
I. Consideraciones Generales
- Proteger a las personas que, en un contexto profesional o laboral, detecten infracciones graves o muy graves y las comuniquen a través de los sistemas establecidos, frente a posibles represalias.
- Fomentar el uso y la cultura de información a través de este sistema.
La política será aplicable a los informantes que trabajen o tengan relación con la empresa, incluyendo:
- Trabajadores por cuenta ajena y empleados públicos.
- Autónomos.
- Accionistas, partícipes y miembros del órgano de administración o dirección.
- Personas que trabajen para contratistas, subcontratistas y proveedores.
- Exempleados, voluntarios, becarios y trabajadores en prácticas.
- Personas en procesos de selección o negociación precontractual.
- Asistentes o personas relacionadas con el informante que puedan sufrir represalias.
- Personas jurídicas vinculadas al informante.
El canal interno de información de Intelec cumple con la Ley 2/2023, la Directiva Europea 1937/2019 y el artículo 31 bis.5.4 del Código Penal, permitiendo comunicar infracciones relacionadas con contratación pública, servicios financieros, prevención de blanqueo de capitales, protección medioambiental, salud pública, competencia, Hacienda y Seguridad Social, entre otras.
II. Principios Generales de la Política
La empresa garantiza la confidencialidad y la protección frente a represalias de los informantes. El órgano de gobierno designará una persona delegada como responsable del canal, que será garante de la integridad y la idoneidad del sistema.
El canal de denuncias permite comunicaciones verbales y escritas, siendo la herramienta preferente para tratar infracciones internas antes de recurrir a instancias externas.
III. Responsable del Sistema Interno de Información
El Órgano de Gobierno nombrará un delegado de atención de denuncias, independiente y autónomo en sus funciones, con los medios necesarios para gestionarlas y con comunicación a las autoridades competentes.
IV. Derechos de los Informantes y Protección de Datos Personales
Se prohíben expresamente las represalias. Se consideran represalias, entre otras:
- Despido, suspensión o no renovación del contrato.
- Coacciones, intimidaciones, acoso u ostracismo.
- Referencias negativas laborales o profesionales.
- Incluir al informante en listas negras o limitar su desarrollo profesional.
- Denegación de formación o permisos.
- Trato desfavorable o discriminatorio.
Los informantes contarán con medidas de apoyo (información, asesoramiento, asistencia jurídica, apoyo financiero o psicológico) según lo previsto en la Ley 2/2023.
Los datos personales serán tratados únicamente en lo necesario, conforme al RGPD y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos. El acceso estará limitado al órgano de gobierno, al delegado del canal y, en su caso, a los responsables de recursos humanos o jurídicos.
V. Incumplimientos y Sanciones
El incumplimiento de esta política podrá acarrear sanciones internas o legales. Según la Ley 2/2023, las sanciones pueden ser:
- Personas físicas: multas de 1.001 € a 300.000 €.
- Personas jurídicas: multas de hasta 1.000.000 €, amonestación pública, prohibición de obtener subvenciones y de contratar con el sector público.
VI. Publicidad, Difusión y Formación
La empresa tiene publicado en su web, de forma visible, el acceso al canal de denuncias y a esta política. Asimismo, se difundirá internamente entre los empleados y se realizarán formaciones para garantizar el conocimiento de su funcionamiento.
Esta política será revisada anualmente y actualizada conforme a la normativa aplicable.